Titular: Rosa María Baltazar Téllez
Secretaría de Equidad de Género
Correo Electrónico: equidad@sutspeeh.org.mx
Artículo 33
Son facultades y obligaciones de la Secretaría de Equidad de Género:
I.- Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos que se expidan y las disposiciones y acuerdos emanados de las Asambleas.
II.- Analizar y proponer soluciones a la problemática que enfrentan las mujeres y hombres, por situaciones de género.
III.- Coordinar y evaluar la capacitación y sensibilización del personal.
IV.- Realizar estudios y diagnósticos que permitan identificar de manera focalizada las problemáticas derivadas de la desigualdad de género al interior del Sindicato.
V.- Coordinar acciones con Unidades Institucionales de Género de otras instituciones del gobierno estatal; el Instituto Hidalguense de las Mujeres; así como con el Instituto Nacional de las Mujeres a fin de solicitar asesoría y mantener una permanente actualización en materia de política pública bajo una perspectiva de género.
VI.- Coordinar la revisión y actualización de los procedimientos administrativos y operativos bajo una perspectiva de género.
VII.- Atender situaciones de discriminación por razones de género tanto en el desarrollo del servicio público, como en las relaciones internas de nuestra organización.
VIII.- Dar seguimiento a los casos de discriminación por razones de género que den lugar a la comisión de un delito ya sea por acción u omisión.
IX.- Informar de todas las actividades relacionadas con la Secretaría a su cargo, cuando así lo requiera el Secretario General o previo acuerdo del Comité Ejecutivo.
X.- Acordar con el Secretario General los asuntos de su competencia.
XI.- Los demás asuntos que los Estatutos y las Asambleas determinen.