Titular: Cira Guadalupe Barrientos Hernández
Secretaría de Estadística
Correo Electrónico: estadistica@sutspeeh.org.mx
Artículo 25
Son facultades y obligaciones de la Secretaría de Estadística:
I.- Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, los reglamentos que se expidan y las disposiciones y acuerdos emanados de las Asambleas.
II.- Resguardar y actualizar los expedientes del personal que conforma la base trabajadora que labora al servicio del Poder Ejecutivo así como de los Organismos Descentralizados, del Estado de Hidalgo, ordenando, anexando y archivando la documentación tramitada.
III.- Previa verificación de los archivos y con la autorización del Secretario General expedir las constancias de antigüedad sindical de los trabajadores que las soliciten por escrito.
IV.- Registrar y mantener actualizadas las solicitudes de los trabajadores que requieran su basificación como Miembros del Sindicato, las cuales serán ordenadas cronológicamente.
V.- Clasificar los salarios y puestos de los trabajadores conforme al tabulador salarial del Poder Ejecutivo.
VI.- Proporcionar a las Secretarías del Comité Ejecutivo los informes estadísticos que soliciten, previo acuerdo del Secretario General.
VII.- Recopilar e integrar ordenamientos legales internos de otras agrupaciones similares existentes en la República Mexicana.
VIII.- Realizar un reporte trimestral, de los movimientos registrados en las plazas de base que correspondan al Sindicato para su control.
IX.- Integrar y verificar el funcionamiento de la bolsa de trabajo sindical.
X.- Coordinar con la Secretaría de Trabajo y Conflictos los trámites de altas y bajas del padrón sindical de los agremiados, que autorice el Secretario General ante el Tribunal de Arbitraje del Estado de Hidalgo.
XI.- Integrar en forma conjunta con el Secretario de Organización Sindical, los expedientes de las actas que se elaboran para acreditar a los Delegados Foráneos y de la Capital.
XII.- Proporcionar a las Secretarías del Comité Ejecutivo, el apoyo que requieran de carácter administrativo, para el desempeño de sus funciones.
XIII.- Elaborar o actualizar un sistema automatizado para crear una base de datos que contenga el historial laboral del trabajador.
XIV.- Gestionar las licencias, permisos y tramitar el pago de pasajes del personal sindicalizado previa solicitud.
XV.- Gestionar las propuestas para cubrir las plazas de base, llevando un minucioso registro de los cambios de adscripción, con copia al Delegado Sindical.
XVI.- Registrar a los miembros del Sindicato que se encuentren disfrutando de licencias sindicales, permisos por enfermedad y/o embarazo, verificando el reingreso del mismo al término de éstas.
XVII.- Agilizar el trámite del pago de ayuda sindical a los deudos del trabajador.
XVIII.- Informar de todas las actividades relacionadas con la Secretaría a su cargo, cuando así lo requiera el Secretario General o previo acuerdo del Comité Ejecutivo.
XIX.- Acordar con el Secretario General los asuntos de su competencia.
XX.- Los demás asuntos que los Estatutos y las Asambleas determinen.