Integrates:
Carlos Hernández Acosta
Rosa María Martínez Chávez
Víctor Barrón Aguilar
María del Carmen Ángeles Camargo
Luis Alfredo Martínez Hernández
Comisión Permanente de Honor y Justicia
Correo Electrónico: honoryjusticia@sutspeeh.org.mx
Artículo 39
La Comisión Permanente de Honor y Justicia estará integrada por cinco miembros.
Artículo 40
Los miembros de la Comisión Permanente de Honor y Justicia nombrarán económicamente un Presidente, dos Secretarios y dos Vocales mismos que serán responsables del buen funcionamiento de la Comisión.
Artículo 41
Para que tengan validez los actos de la Comisión Permanente de Honor y Justicia, será necesaria la intervención de tres miembros cuando menos.
Artículo 42
Son facultades y obligaciones de la Comisión Permanente de Honor y Justicia:
I.- Cumplir y hacer cumplir fielmente los presentes Estatutos, las reglamentaciones que se expidan y las disposiciones y acuerdos emanados de las Asambleas.
II.- Avocarse al conocimiento y resolución de los asuntos que le sean turnados por el Comité Ejecutivo y las Asambleas.
III.- Acudir a los plenos del Comité cuando sean convocados para ello.
IV.- Concurrir a todas a las Asambleas que celebre el Sindicato, vigilando que se cumpla el procedimiento establecido en los presentes Estatutos para la celebración de las mismas.
V.- Vigilar la buena marcha de la organización, pugnando por que cada uno de los agremiados y el Comité Ejecutivo cuiden los principios sustentados por los presentes Estatutos.
VI.- Entregar inventariados los documentos que obren en su poder, instruyendo debidamente a sus sucesores sobre los asuntos pendientes.
VII.- La actuación de la Comisión Permanente de Honor y Justicia, estará regulada en base al procedimiento establecido en el Capítulo de Sanciones.
VIII.- Rendir informe de los asuntos de su competencia cuando sea requerido por las Asambleas o pleno del Comité Ejecutivo.
IX.- Los demás asuntos que los Estatutos y las Asambleas determinen.