Titular: Juan José Fernández Herrera
Secretaría de Prensa
Correo Electrónico: prensa@sutspeeh.org.mx
Artículo 30
Son obligaciones y facultades de la Secretaría de Prensa:
I.- Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, los reglamentos que se expidan y las disposiciones y acuerdos emanados de las Asambleas.
II.- Encargarse de la edición y la administración de los órganos periodísticos del Sindicato, o boletines a fin de informar a los trabajadores sobre las actividades del Sindicato, contando con el presupuesto necesario para realizarlo.
III.- Solicitar la colaboración periodística de los Miembros de otros Sindicatos fraternales o de Instituciones Particulares, publicando lo que a juicio del Comité Ejecutivo sea de interés para la base trabajadora.
IV.- Gestionar ante quien corresponda el envío de periódicos, revistas y demás propaganda impresa, que pueda servir para aumentar el acervo bibliográfico del Sindicato.
V.- Encargarse de la propaganda en general del Sindicato, divulgando sus actividades, distribuyendo eficazmente el órgano periodístico y toda clase de difusión cultural, social o política que se dé, previa aprobación del Comité Ejecutivo o Secretario General.
VI.- Ser el responsable de la formación, actualización, archivo y mantenimiento de la hemeroteca sindical.
VII.- Concentrar la información de cada una de las Secretarías y darle la difusión que ésta requiera.
VIII.- Ser responsable del buen uso y mantenimiento del equipo a su cargo.
IX.- Informar de todas las actividades relacionadas con la Secretaría a su cargo, cuando así lo requiera el Secretario General o previo acuerdo del Comité Ejecutivo.
X.- Acordar con el Secretario General los asuntos de su competencia.
XI.- Los demás asuntos que los Estatutos y las Asambleas determinen.